IVA · UEROI · NIF-IVA

Operar con la UE sin IVA.

El ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) te da un NIF-IVA validable en toda la UE. Lo necesitas tanto si vendes a empresas de la UE como si compras servicios a proveedores comunitarios. Aquí tienes cuándo es obligatorio, cómo darte de alta y cómo encaja con el 303 y el 349.

La idea en una imagen

Vendes o compras en la UE.

VendesUEa una empresa
+
ComprasUEun servicio
=
NecesitasROINIF-IVA · VIES

El ROI funciona en los dos sentidos: te habilita para facturar sin IVA a un cliente europeo y para recibir facturas sin IVA de un proveedor europeo. No es opcional — basta una sola operación intracomunitaria para que sea obligatorio.

Trámite
036
casilla 582
Coste
0 €
gratuito · online
Resolución
3 meses
silencio negativo
También exige
349
cada trimestre
01

¿Qué es el ROI y el NIF-IVA?

El ROI es el Registro de Operadores Intracomunitarios de la Agencia Tributaria. Estar dado de alta te asigna un NIF-IVA: tu mismo NIF con el prefijo del país (en España, ES — por ejemplo ESX1234567Z), validable por cualquier empresa de la UE en el sistema VIES de la Comisión Europea.

Tener el NIF-IVA activo habilita comprar y vender en la UE sin IVA gracias a la inversión del sujeto pasivo: el impuesto lo liquida el destinatario en su país, no el proveedor. Funciona en los dos sentidos — sirve tanto para facturar a un cliente europeo como para recibir una factura de un proveedor europeo.

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¿Quién lo necesita?

Lo necesitas en cuanto tengas operaciones intracomunitarias en cualquiera de los dos sentidos. La propia AEAT incluye expresamente entre los obligados al ROI al «destinatario de servicios prestados por empresarios o profesionales no establecidos respecto de los cuales se sea sujeto pasivo». Es decir: comprar servicios a la UE obliga igual que vender.

Sí · obligatorio
Operas con la UE
  • Vendes servicios o bienes a una empresa de la UE con NIF-IVA → le facturas sin IVA.
  • Compras servicios a un proveedor de la UE (un SaaS europeo) → pasas a ser sujeto pasivo por inversión.
No · sin ROI
Fuera de la UE
  • Proveedores o clientes de fuera de la UE (EE. UU., Reino Unido…) → no es intracomunitario.
  • Solo vendes a particulares de la UE (B2C) → tributas con reglas distintas, sin ROI.
Es un trámite obligatorio, no opcional: basta una operación intracomunitaria, de compra o de venta, para que tengas que estar en el ROI.
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Cómo darte de alta — Modelo 036

El alta en el ROI se solicita con el Modelo 036, la declaración censal. Si ya eres autónomo, presentas una modificación (casilla 120); si te das de alta de actividad a la vez, marcas el alta. Las casillas clave:

582
Alta en el ROI
Solicitud de inclusión en el Registro de Operadores Intracomunitarios.
584
Fecha prevista de la primera operación
La fecha en la que prevés tu primera operación intracomunitaria.
120
Modificación (si ya eres autónomo)
Causa de presentación en la página 1 cuando ya estás de alta y solo añades el ROI.
583
Baja del ROI
Cuando dejas de tener operaciones intracomunitarias. Si pasan 12 meses sin operar, la AEAT puede darte de baja de oficio.
Plazo y silencio negativo

La AEAT resuelve en un plazo de hasta 3 meses y el silencio administrativo es negativo (sin respuesta = denegado). No puedes operar sin IVA hasta figurar como activo en VIES. Hasta entonces, factura o que te facturen con IVA como una operación nacional.

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VIES — valida a la contraparte

Antes de facturar sin IVA a una empresa de la UE (o de aceptar una factura sin IVA de un proveedor), valida su NIF-IVA en VIES a la fecha de la operación. VIES (VAT Information Exchange System) es el validador oficial de la Comisión Europea.

Si el NIF-IVA no es válido

Si la contraparte no tiene un NIF-IVA válido en VIES, la operación no es intracomunitaria: debes tratarla como nacional y repercutir (o soportar) el IVA español. Guarda siempre el justificante de la consulta a VIES por si Hacienda lo pide.

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La inversión del sujeto pasivo (el «efecto 0»)

Cuando compras un servicio a un proveedor de la UE, su factura llega sin IVA. Tú te lo autorrepercutes: lo declaras como IVA devengado y, a la vez, como IVA deducible en el mismo Modelo 303. Si deduces al 100 %, el efecto neto en tu liquidación es 0 €.

Ejemplo · SaaS UE de 100 € (21 %)
Factura del proveedor UE (sin IVA)100,00 €
IVA devengado · te lo autorrepercutes+ 21,00 €
IVA deducible · mismo importe− 21,00 €
Efecto neto en el Modelo 3030,00 €

El «efecto 0» solo se cumple si tienes derecho a deducir todo el IVA. Si tu actividad tiene prorrata (IVA deducible parcial), la parte no deducible sí te supone un coste.

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Relación con el 303 y el 349

Modelo 303 (IVA) — dónde van las operaciones intracomunitarias:

10/11
Compra UE · IVA devengado
Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios: te autorrepercutes el IVA.
36/37
Compra UE · IVA deducible
El mismo importe, deducible si tienes derecho a deducción.
59
Venta a empresa UE
Entregas y prestaciones intracomunitarias exentas (base imponible informativa).

Modelo 349 (recapitulativa) — es trimestral; solo pasa a mensual si tus entregas de bienes (E) + servicios (S) superan los 50.000 € en el trimestre. Claves más habituales:

I
Compras de servicios a la UE
S
Ventas de servicios a la UE
A
Compras de bienes (adquisiciones)
E
Ventas de bienes (entregas)
Solo compras a la UE

Quien solo compra servicios a la UE presenta siempre el 349 trimestral (clave I): el umbral mensual de 50.000 € se mide sobre ventas, no sobre compras.

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Casos prácticos

Con la UE · ROI
Activa el ROI y el 349
  • Anthropic Ireland (proveedor): te factura sin IVA, te autorrepercutes (303 10/11 + 36/37) y lo informas en el 349 con clave I.
  • Empresa francesa (cliente): le facturas sin IVA, declaras la base en la casilla 59 y la informas en el 349 con clave S.
Fuera de la UE · sin ROI
Ni ROI ni 349
  • Vercel (proveedor EE. UU.): te autorrepercutes el IVA en el 303 (12/13 + 28/29), sin 349 y sin ROI.
  • Cliente de EE. UU.: operación no sujeta — facturas sin IVA, declaras la base en la casilla 120 y no presentas 349.
Solo la UE (en ambos sentidos) activa el ROI y el Modelo 349. Las operaciones con terceros países llevan ISP en el 303 pero no exigen ROI ni 349.
Errores comunes
  • ROICreer que el ROI es solo para vender. También es obligatorio si compras servicios o bienes a la UE: pagar un SaaS europeo ya te convierte en sujeto pasivo por inversión.
  • IVADeducir el IVA que te cobra un proveedor UE como consumidor. Si no estabas en el ROI, ese IVA extranjero no es deducible en tu 303: el gasto íntegro va a IRPF y hay que regularizar.
  • VIESFacturar sin IVA a un NIF no válido en VIES. Si el NIF-IVA del cliente no es válido a la fecha, Hacienda puede exigirte el IVA que no repercutiste.
  • 349Olvidar el 349 teniendo solo compras UE. Aunque solo compres servicios a proveedores de la UE, debes presentar el Modelo 349 (clave I) cada trimestre.
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Preguntas frecuentes

¿Necesito el ROI solo por pagar un SaaS europeo?
Sí. Si contratas un servicio de un proveedor de la UE (por ejemplo una herramienta SaaS con sede en Irlanda o Alemania) y lo usas para tu actividad, eres el sujeto pasivo por inversión y necesitas estar dado de alta en el ROI antes de esa compra. El ROI no es solo para vender: cualquier operación intracomunitaria en cualquiera de los dos sentidos lo exige.
¿El alta en el ROI cuesta algo?
No. Es un trámite censal gratuito que se hace con el Modelo 036 (casilla 582). No tiene tasa ni coste asociado.
¿Cuánto tarda la AEAT en concederlo?
La AEAT dispone de hasta 3 meses para resolver. El silencio administrativo es negativo (si no contesta, se entiende denegado). Mientras no figures como activo en VIES, no puedes operar sin IVA: tendrías que facturar o que te facturen con IVA como si fuera una operación nacional.
Solo trabajo con proveedores de EE. UU. (Vercel, OpenAI…). ¿Necesito el ROI?
No. Las operaciones con proveedores o clientes de fuera de la UE no son intracomunitarias: no necesitas el ROI ni presentar el Modelo 349. En el caso de servicios comprados a un proveedor de EE. UU. sí te autorrepercutes el IVA en el Modelo 303 (inversión del sujeto pasivo), pero eso no requiere ROI.
¿El NIF-IVA es distinto de mi NIF?
Es tu mismo NIF con el prefijo del país (en España, ES). Al darte de alta en el ROI, ese NIF-IVA queda activo y validable en VIES, y es el que debes comunicar a tus clientes y proveedores de la UE.
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Sobre esta guía

AS

El alta en el ROI es un trámite censal con Hacienda (Modelo 036). Una vez activo en VIES, Autónomo Simple te ayuda con el IVA intracomunitario: marca las facturas sin IVA como operación intracomunitaria y prepara los datos del 303 y del 349.

Compras UE

ISP y efecto 0 en el 303.

Ventas UE

Facturas sin IVA · casilla 59.

Recapitulativa

Datos del 349 por claves.

Cuando estés listo
ROI / VIES en la Sede AEAT