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TrimestralModelo 303

La autoliquidación de tu IVA.

El modelo trimestral más importante para la mayoría de autónomos. Liquidas el IVA que cobraste a tus clientes menos el IVA que pagaste en tus gastos. Si la diferencia es positiva, ingresas; si es negativa, la compensas en los trimestres siguientes o, en el 4T, pides la devolución.

La idea en una imagen

Cuatro autoliquidaciones trimestrales, un resumen anual.

303Q1ene–mar
303Q2abr–jun
303Q3jul–sep
303Q4oct–dic
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Modelo 390Anualresumen · informativo

Cada trimestre liquidas el IVA con el 303. En enero, el Modelo 390 resume los cuatro trimestres del año — informativo, sin pago.

Periodicidad
Trimestral
1T · 2T · 3T · 4T
IVA general
21 %
10 % / 4 % reducidos
Plazo
1 — 20
Q4: hasta el 30 ene
Resumen anual
390
Modelo 390
01

¿Quién debe presentarlo?

Lo presentan los autónomos y empresas que realizan actividades sujetas a IVA y no exentas, cada trimestre y solo por vía electrónica en la Sede de la AEAT. Para la mayoría de autónomos es el modelo más importante del año.

Hay que presentarlo aunque no hayas tenido actividad o el resultado sea cero: si estás dado de alta en el IVA, la declaración «sin actividad» también se presenta.

Quién no lo presenta (o lo hace de otra forma)
  • RecargoRecargo de equivalencia — el comerciante minorista no presenta el 303 por esas ventas.
  • Art. 20Actividades exentas (art. 20 LIVA): sanidad, docencia, seguros, operaciones financieras… Si TODA tu actividad está exenta, no presentas el 303.
  • MódulosEl régimen simplificado y el de agricultura, ganadería y pesca sí tienen su propia versión del 303, con casillas específicas.
  • CanariasEn Canarias, Ceuta y Melilla no rige el IVA peninsular (IGIC / IPSI): tienen sus propios modelos.
02

Cómo se calcula

La lógica es sencilla: IVA repercutido (el que cobras a clientes) menos IVA soportado deducible (el que pagas en tus gastos). Se calcula sobre las facturas emitidas y recibidas con fecha del trimestre, no sobre cuándo se cobran o pagan (salvo que estés en el criterio de caja).

Ejemplo de un trimestre
IVA repercutido (cobrado a clientes)2.100,00 €
IVA soportado (pagado en gastos)− 840,00 €
Resultado a ingresar1.260,00 €

Si el resultado es negativo (más IVA soportado que repercutido) sale «a compensar»: se arrastra a los trimestres siguientes. La devolución solo se puede solicitar en el 4T (o estando inscrito en el registro de devolución mensual); lo no compensado en 4 años se pierde.

03

Tipos de IVA en España 2026

Cada factura aplica el tipo que le corresponde según el bien o servicio:

21 %
General
La mayoría de bienes y servicios (también el trabajo profesional y los servicios digitales).
10 %
Reducido
Hostelería, transporte de viajeros, alimentos no básicos, rehabilitación de viviendas.
4 %
Superreducido
Alimentos básicos, libros, periódicos, medicamentos, prótesis.
0 %
Exento / tipo cero
Educación, sanidad, seguros y operaciones financieras (art. 20 LIVA), y exportaciones y entregas a la UE.

Algunos productos tienen tipos temporales que cambian por Real Decreto-ley (por ejemplo, ciertos alimentos o la energía): el 303 tiene casillas propias para ellos. Consulta el tipo vigente en la sede de la AEAT. Base legal: arts. 90 y 91 de la Ley del IVA.

04

Las casillas que más usarás

En el formulario de 2026 cada tipo de IVA ocupa un bloque de tres casillas (base, tipo y cuota). Ojo con el orden: empieza por el tipo más bajo.

CasillasQué es
01 · 03IVA repercutido al 4 %Base (01) y cuota (03).
04 · 06IVA repercutido al 10 %Base (04) y cuota (06).
07 · 09IVA repercutido al 21 %Base (07) y cuota (09): donde van casi todas tus facturas.
10 · 11Adquisiciones intracomunitariasCompras de bienes y servicios a proveedores de otro Estado miembro sin IVA: base y cuota autorrepercutida (se deduce en 36-37 o 38-39).
12 · 13Otras inversiones del sujeto pasivoAutorrepercusión por operaciones distintas de las de 10-11, p. ej. servicios de proveedores de fuera de la UE (se deduce en 28-29).
27Total IVA devengadoSuma de todas las cuotas repercutidas.
28 – 39IVA deducibleSoportado en operaciones interiores (28-29), importaciones, intracomunitarias (36-37)…
45Total a deducirSuma del IVA deducible.
46Diferencia[27] − [45]: la base del resultado.
59 · 60Operaciones exentas con derecho a deducciónEntregas de bienes y prestaciones de servicios intracomunitarias (59: son las del Modelo 349); exportaciones y operaciones a tipo cero (60).
120Operaciones no sujetas por localizaciónServicios no sujetos por las reglas de localización, p. ej. a clientes de fuera de la UE. Los servicios a empresas de la UE NO van aquí: van en la 59. Es informativa y no suma al resultado.
71Resultado de la autoliquidaciónLo que ingresas, o el saldo a compensar.

Numeración del modelo 2026. La AEAT puede reordenar casillas cada año: confírmalo en las instrucciones oficiales antes de presentar.

05

Qué IVA es deducible

Para deducir el IVA de un gasto debe cumplir tres condiciones: estar afecto a tu actividad, tener factura completa con tu NIF y estar anotado. Puedes deducirlo hasta 4 años después de que se devengue.

Sí deduce
Gastos del negocio
  • Material de oficina y equipos
  • Software y suscripciones
  • Alquiler del local de negocio
  • Servicios profesionales y publicidad
No deduce
Sin vínculo o excluido por ley
  • Gastos personales
  • Atenciones a clientes, joyas y similares
  • Tickets y facturas simplificadas (salvo excepciones)
  • Facturas sin tu NIF como destinatario

El vehículo de turismo se presume afecto solo al 50 %: deduces la mitad del IVA salvo afectación exclusiva probada (taxis, autoescuelas, transporte…). Si tu actividad mezcla operaciones con y sin derecho a deducir, se aplica la prorrata.

06

Plazos trimestrales 2026

Se presenta del 1 al 20 del mes siguiente al trimestre. Excepción: el 4T se presenta del 1 al 30 de enero. Si el último día cae en fin de semana o festivo, pasa al siguiente día hábil.

Fin trimestre
cierra el período
Días 1 – 20
plazo abierto
Día 21+
fuera de plazo
Q1 · ene–mar1 — 20 abr 2026
Q2 · abr–jun1 — 20 jul 2026
Q3 · jul–sep1 — 20 oct 2026
Q4 · oct–dic1 — 30 ene 2027

Si domicilias el pago, el plazo termina antes (hacia el día 15 del mes, y a finales de enero en el 4T). Confirma la fecha exacta en el Calendario del contribuyente de la AEAT.

En el 4T, el 111 y el 115 cierran el 20 de enero y el 303 y el 130 el 30: no los confundas. El Modelo 390 también cierra el 30 de enero.

07

Clientes y proveedores de fuera de España

Aquí es donde más se falla. La regla depende de con quién operas y de dónde se «localiza» el servicio:

  • Vendes bienes o prestas servicios a una empresa de la UE (con NIF-IVA válido): entrega o prestación intracomunitaria, casilla 59 y también en el Modelo 349 (claves E y S).
  • Prestas servicios a una empresa fuera de la UE: normalmente no están sujetos a IVA español (el cliente lo autoliquida allí). Sin IVA en la factura; casilla 120 y no se presenta el 349. (Si la empresa es de la UE, va en la 59 y en el 349, como arriba.)
  • Exportas bienes fuera de la UE: exentas con derecho a deducción, casilla 60.
  • Compras a un proveedor de fuera de España sin IVA (software, publicidad, servicios): inversión del sujeto pasivo: te autorrepercutes el IVA y lo deduces en el mismo modelo; el neto es cero. Si el proveedor es de la UE: casillas 10-11 y deducible en 36-37 (o 38-39 si es bien de inversión); si es de fuera de la UE: 12-13 y deducible en 28-29.
  • Vendes a particulares de la UE por encima de 10.000 €/año: IVA del país del cliente, vía la ventanilla única (OSS), no en el 303.
Comprueba el NIF-IVA

Para aplicar la exención en una venta a la UE el cliente debe tener un NIF-IVA válido en el registro VIES. Guarda la comprobación: si no es válido, tendrías que haber cobrado IVA español.

08

Con Autónomo Simple se calcula solo

No tienes que sumar facturas ni teclear casilla por casilla: el Modelo 303 sale de las facturas y gastos que ya registras, con cada importe en su casilla, y puedes descargar un fichero e importarlo directamente en la Sede para presentarlo.

1
Registra o importa

Emite facturas desde la app o impórtalas de Holded, Quipu o un Excel. Cada gasto lleva su IVA y si es deducible.

2
Se calcula el trimestre

La guía separa por tipo (21 / 10 / 4 / 0 %), la inversión del sujeto pasivo y las operaciones UE, y te da casilla a casilla hasta el resultado (71), con avisos si falta un NIF.

3
Descarga el fichero

Un clic y obtienes el fichero de importación con las mismas casillas. En la Sede eliges presentar «importando fichero», lo subes, revisas y firmas.

AS

Disponible en el plan Pro (ejercicio 2026 en adelante, régimen común). Antes de generar el fichero completa tu NIF y nombre en Ajustes.

IVA repercutido

Desde tus facturas, por tipo, en 01-09 y 150-155.

IVA soportado

Cada gasto deducible suma en 28-39; el resultado en la 71.

Fichero para la Sede

Descarga e importa: sin teclear. Incluye lo mismo que la hoja de casillas.

Importante: la importación por fichero está en BETA (formato reconstruido y aún no contrastado con un fichero real de la AEAT). Revisa en pantalla todas las casillas antes de firmar. El fichero no incluye la domiciliación ni la solicitud de devolución: se eligen en la Sede.

09

Errores frecuentes

Antes de presentar
  • Sin actividadNo presentar el 303 en un trimestre sin facturas: también se presenta a cero.
  • NIFDeducir IVA de facturas sin tu NIF o de tickets: Hacienda lo rechaza.
  • UEOlvidar la inversión del sujeto pasivo en compras a proveedores extranjeros, o el 349 en operaciones UE.
  • Q4Pedir la devolución fuera del 4T: antes solo se puede compensar.
  • 390Dejar el 390 sin presentar en enero (salvo que estés exonerado): el 303 del 4T no lo sustituye.
Si te pasas de plazo

Si presentas por tu cuenta, antes de que Hacienda te lo requiera, pagas un recargo (1 % más 1 % por cada mes completo de retraso, y 15 % más intereses a partir de 12 meses), sin sanción. Si te requieren antes, se aplican sanciones. Para corregir un 303 ya presentado se usa una declaración complementaria. Base: art. 27 de la Ley General Tributaria.

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