¿Quién debe presentarlo?
Lo presentan todos los que han presentado el Modelo 111 en algún trimestre del año. Si retuviste IRPF aunque fuera una sola vez, te toca el 190:
- Empresas y autónomos con empleados (nóminas con retención).
- Autónomos que pagan facturas con retención a otros profesionales.
- Pagadores de premios, rendimientos del capital y otras rentas sujetas a retención.
Si no presentaste ningún 111 durante el año porque no practicaste retenciones, no tienes que presentar el 190. El 190 es el espejo anual del 111: existe uno solo si existió el otro.
El 190 frente al 111
Comparten cifras, pero cumplen funciones distintas. El 111 ingresa cada trimestre; el 190 informa, una vez al año, con detalle por persona.
- Se presenta 4 veces al año
- Resultado a ingresar
- Agrega totales por tipo
- Se presenta una vez al año
- Solo informativo, sin pago
- Detalla perceptor a perceptor
El 190 añade lo que el 111 no recoge: el NIF y nombre de cada perceptor, su clave de percepción y el importe íntegro y retenido de cada uno a lo largo del año.
Datos por perceptor
Por cada persona a la que retuviste durante el año necesitas reunir:
Claves de percepción habituales
Cada perceptor se clasifica con una clave (y a veces subclave) según el tipo de renta. Las más frecuentes para un autónomo:
Plazo de presentación
Del 1 al 31 de enero del año siguiente, solo de forma telemática en la Sede de la AEAT (certificado, Cl@ve o el programa de ayuda).
El 190 cierra el 31 de enero, once días después del 111 del Q4 (que vence el 20). Presenta primero el 111 y luego el 190.
Cuadrar con los cuatro 111
Hacienda cruza el Modelo 190 con los cuatro Modelos 111 del año. La suma de retenciones tiene que coincidir al céntimo.
En Autónomo Simple
Autónomo Simple no presenta el 190 por ti, pero deja los datos por perceptor listos para copiarlos en el programa de la AEAT.
Base e importe retenido de cada cliente, todo el año.
En Ingresos, filtra el ejercicio y revisa las retenciones.
Descarga el detalle de facturas con retención para el 190.