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Autónomo Simple Calculadora
IRPF · retención en la factura

Calculadora de retención de IRPF en facturas

Pon la base de tu factura, el IVA y la retención de IRPF (15 %, 7 % o 19 %) y verás al instante cuánto te retiene tu cliente y cuánto cobras de verdad. La retención se calcula sobre la base, no sobre el IVA.

  • Gratis
  • Sin registro
  • Cálculo orientativo con la normativa vigente

Tu factura

Tipo general de los profesionales que facturan a empresarios o profesionales.Ejemplo precargado: cámbialo por tus cifras.

Se calcula en tu navegador. No guardamos ningún dato.

Resultado

Cobras de verdad1.060,00 €La factura suma 1.210,00 € con IVA y tu cliente retiene 150,00 € (15 % de la base), que ingresa a Hacienda a tu nombre.

De dónde sale el total de la factura

  • Tuyo (base menos retención)850,00 €
  • IVA210,00 €
  • Retención150,00 €
Base imponible
1.000,00 €
IVA 21 %Se ingresa en el Modelo 303
+210,00 €
Total de la factura
1.210,00 €
Retención de IRPF 15 %Sobre la base, no sobre el IVA
−150,00 €
Cobras del cliente
1.060,00 €

La retención no es un gasto: es un adelanto de tu IRPF. Se resta después en el Modelo 130 y en la Renta. Del cobro, 210,00 € son IVA que no es tuyo.

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  • Facturas con retención ya puesta

    Crea facturas en PDF con IVA y retención de IRPF, sin recalcular el total cada vez.

  • Retenciones que cuentan en tus pagos

    Lo que te retienen se tiene en cuenta en tus estimaciones del trimestre.

  • Cobros y recordatorios

    Sigue qué facturas están cobradas y cuáles no, y reclama las pendientes.

Cómo funciona

Cómo se calcula la retención

  1. IVA de la factura

    Base × tipo de IVA (21 %, 10 % o 4 %). El IVA no es tuyo: lo ingresas en el Modelo 303.

  2. Retención de IRPF

    Base imponible × porcentaje de retención. Se calcula siempre sobre la base, sin el IVA.

  3. Lo que cobras

    Base + IVA − retención. IVA y retención se redondean por separado, a céntimos, como en la factura que se imprime.

  4. A dónde va la retención

    Tu cliente la ingresa a Hacienda en tu nombre. Es un adelanto de tu IRPF, no un gasto: se resta después en el Modelo 130 y en la Renta.

Qué tipo elegir y qué supone la calculadora
  • 15 %: tipo general de los profesionales (epígrafes de la sección 2 del IAE) que facturan a empresarios o profesionales.
  • 7 %: nuevos profesionales, el año de alta y los dos siguientes, si no ejerciste una actividad profesional el año anterior y se lo comunicas al pagador. Compruébalo en el Reglamento del IRPF o con tu gestoría.
  • 19 %: arrendamiento de inmuebles urbanos (quien paga el alquiler retiene al propietario y lo declara con el modelo 115) y otros casos concretos del Reglamento. No es el tipo de un profesional que factura servicios.
  • Otro porcentaje: puedes escribir el que figure en tu caso. La calculadora no decide si debes retener ni a qué tipo.
Referencias legales
Facturación

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Ejemplo ilustrativo con datos ficticios.

Qué es la retención de IRPF en una factura

Es un pago a cuenta de tu IRPF: el cliente te descuenta un porcentaje de la base de la factura y lo ingresa a Hacienda con los modelos 111 o 115. Tú cobras menos, pero esa cantidad se resta después de tu impuesto final en el Modelo 130 trimestral y en la declaración de la Renta.

Cuándo aplica

Si el año anterior más del 70 % de los ingresos de tu actividad profesional llevaron retención, puedes quedar exento de presentar el Modelo 130.

  • Actividad profesional y cliente empresario o profesional: retención del 15 % sobre la base (7 % en los primeros años si cumples los requisitos).
  • Cliente particular: no se aplica retención, porque la obligación recae en quien paga siendo empresario o profesional.
  • Actividades empresariales (sección 1 del IAE): en general, sin retención, con excepciones en algunas actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
  • Cliente en el extranjero: no practica la retención española; comprueba si aplica una retención local en su país.

Errores típicos con las retenciones

  • Poner retención a clientes particulares, donde no procede.
  • Calcularla sobre el importe con IVA en lugar de sobre la base.
  • Aplicar el 7 % sin cumplir los requisitos o sin comunicárselo al cliente.
  • No guardar los certificados de retenciones: sin ellos cuesta justificar lo que te han descontado.
  • Confundir la retención con el IVA: son conceptos distintos y van en líneas separadas de la factura.
FAQ

Preguntas frecuentes

¿La retención se calcula sobre el importe con IVA?
No. Se calcula sobre la base imponible, sin IVA. La factura suma el IVA y resta la retención: base + IVA − retención.
¿Cuándo puedo aplicar el 7 % en lugar del 15 %?
Si inicias una actividad profesional, el año de alta y los dos siguientes, siempre que no hayas ejercido una actividad profesional el año anterior, y se lo comuniques al pagador. Los requisitos exactos están en el Reglamento del IRPF.
¿A quién debo poner retención en mi factura?
Si tu actividad es profesional y facturas a una empresa o a otro autónomo en España, normalmente sí (15 %, o 7 % si cumples los requisitos). A particulares y a clientes extranjeros, no. Depende del epígrafe del IAE de tu alta.
¿Qué hago con la retención en el Modelo 130 y en la Renta?
La retención que te han practicado se resta del resultado del Modelo 130 y, al final del año, de la cuota de tu declaración de la Renta. Si es superior a tu cuota, te devuelven la diferencia.
¿Es lo mismo la retención que el IVA?
No. El IVA es un impuesto sobre el consumo que cobras y declaras en el Modelo 303. La retención es un adelanto de tu IRPF que tu cliente descuenta y declara en el 111 o el 115.

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Las cifras son estimaciones aproximadas, calculadas a partir de los datos que tú introduces o importas, y pueden no coincidir con la liquidación oficial. Autónomo Simple no es asesoramiento fiscal, contable ni jurídico. Ante cualquier duda, consulta con un gestor. Más información en los Términos. Las cifras que escribes se calculan en tu navegador y no se guardan (solo el correo, si pides los plazos).

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