IVA en servicios a clientes fuera de la UE.
Si eres programador, diseñador o consultor con clientes en EE. UU., Reino Unido o Latinoamérica, tu factura no lleva IVA español… pero sí tiene tratamiento fiscal propio. Esta guía explica qué poner en la factura, dónde se declara en el Modelo 303 y qué trámites NO necesitas.
- • Servicios a una empresa o profesional fuera de la UE: no sujetos a IVA español por reglas de localización.
- • Facturas sin IVA, con la mención de que la operación no está sujeta.
- • En el Modelo 303 se declaran en «no sujetas por reglas de localización» (casilla 120); algunas gestorías usan la casilla 60 (exportaciones). Es informativo: no cambia el resultado.
- • Puedes deducir el IVA soportado de los gastos ligados a esa actividad.
- • No van en el Modelo 349 (solo para operaciones con la UE) ni exigen el ROI.
Por qué no llevan IVA español
El IVA de los servicios entre empresarios se devenga donde está establecido el destinatario. Si tu cliente es una empresa o profesional fuera de la UE, el servicio se entiende prestado fuera del territorio de aplicación del IVA español y no está sujeto a él. No es una exención: es una operación no sujeta por reglas de localización (art. 69 de la Ley del IVA).
Este artículo trata servicios a empresas o profesionales. Si tu cliente es un particular fuera de la UE o vendes bienes, las reglas difieren (p. ej. exportación de bienes = exenta).
Qué poner en la factura
- Tipo de IVA 0 %/sin IVA y una mención como «Operación no sujeta a IVA por reglas de localización (art. 69 LIVA)».
- Datos completos del cliente: nombre, dirección, país y su identificación fiscal (EIN, VAT/UTR u otra).
- Importe en la moneda acordada; si es distinta al euro, el importe en euros con el tipo de cambio del día.
- Conserva prueba de que el cliente actúa como empresa (contrato, web, número fiscal): demuestra por qué no hay IVA.
Dónde se declara en el Modelo 303
«Operaciones no sujetas por reglas de localización». Es el encaje estricto para servicios a empresas fuera de la UE.
«Exportaciones y operaciones asimiladas». Algunas gestorías declaran aquí los servicios a no UE. Informativo: no modifica el resultado del modelo.
En Autónomo Simple puedes elegir cuál usar en Ajustes › Perfil de facturación con el interruptor «Servicios a no-UE como exportaciones (casilla 60)».
IVA soportado de tus gastos
Aunque tus ingresos no lleven IVA español, el IVA soportado de los gastos ligados a esa actividad sigue siendo deducible, porque los servicios no sujetos por reglas de localización dan derecho a deducir como si se hubieran prestado en España. El resultado suele ser un 303 a compensar/devolver.
Qué NO necesitas
- Modelo 349: solo para operaciones intracomunitarias (UE). Estados Unidos o Reino Unido no cuentan.
- Alta en el ROI: solo si operas con la UE.
- Retención de IRPF en la factura: el cliente extranjero no la practica. En algunos países puede haber retención local (p. ej. formularios fiscales como el W-8BEN en EE. UU.).
Cobros: lo que te descuentan
Plataformas de pago y bancos pueden cobrar comisiones que conviene registrar como gasto. Si el cliente retiene impuestos en origen, guarda el certificado: puede permitirte una deducción por doble imposición en la Renta, según el convenio aplicable.
Preguntas frecuentes
¿Y si mi cliente fuera de la UE es un particular?
¿Y los clientes del Reino Unido después del Brexit?
¿Tengo que pedir el NIF-IVA europeo al cliente?
¿La casilla 120 o la 60?
Fuentes
- BOE · Ley 37/1992 del IVA — art. 69 (reglas de localización)
- AEAT · Modelo 303 — instrucciones de cumplimentación
Información divulgativa, no asesoramiento fiscal. Comprueba siempre la normativa vigente y tu caso concreto.
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