◆ GUÍA · IRPF · IVA · ACTIVOS10 min · 16 de octubre de 2026

Activo o gasto en el autónomo: cuándo deducir de golpe y cuándo amortizar.

Un ordenador de 3.000 € no se deduce igual que una suscripción de 12 €. Lo que dura años se reparte en cuotas anuales (se amortiza); lo que se consume enseguida se deduce en el ejercicio. Equivocarse no es un detalle: o deduces de más y arriesgas una regularización, o deduces de menos y pagas impuestos de sobra. Esta guía te da el criterio, los porcentajes y un ejemplo completo.

EN CORTO
  • • Gasto: se consume o se agota pronto (suscripciones, servicios, material pequeño). Se deduce entero en el periodo.
  • • Activo (inmovilizado): bien duradero que usas varios años (ordenador, mobiliario, maquinaria, vehículo). Se deduce poco a poco: se amortiza.
  • • Límite práctico: los elementos de hasta 300 € (sin IVA) por unidad se pueden deducir en el ejercicio (criterio de la app; confírmalo con tu gestor); por encima, se amortizan.
  • • La amortización usa la tabla simplificada de la AEAT: p. ej. 26 % anual para equipos informáticos y software, 10 % para mobiliario.
  • • El IVA no se amortiza: se deduce en el Modelo 303 del trimestre de la compra, con la factura.
  • • Nunca las dos cosas a la vez: o gasto, o activo. Deducir el 100 % y además amortizar es duplicar la deducción.
Portátil abierto en un escritorio: un bien duradero que se amortiza

La pregunta clave: ¿se consume o se usa durante años?

La diferencia no es el precio sino la duración. Un gasto corriente se consume o se agota en el ejercicio: una suscripción, un servicio de gestoría, el material de oficina, un curso. Un activo (inmovilizado material o intangible) forma parte de la estructura de tu actividad y te sirve durante años: un portátil, un monitor, una mesa y una silla, una cámara, una licencia de software perpetua.

Como el activo te beneficia varios años, Hacienda no permite deducirlo todo en el año de la compra: lo reparte en cuotas anuales durante su vida útil. Es la amortización.

El umbral de 300 €

Los elementos de valor unitario que no exceda de 300 € (sin IVA) se pueden deducir íntegramente en el ejercicio en que se ponen en funcionamiento, con un límite conjunto de 25.000 € al año: es la libertad de amortización del art. 12.3.e de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y el criterio que aplica Autónomo Simple. Un teclado de 80 € o una silla de 240 € van como gasto.

A partir de 300,01 € por elemento es un activo y se amortiza. Importante: el umbral se mide por elemento y sobre la base, es decir, sin IVA. Dos monitores de 250 € son dos elementos de 250 €, no un activo de 500 €.

No hemos podido verificar un criterio expreso de la AEAT o de la DGT sobre cómo se aplica esta libertad en la estimación directa simplificada. Si tu caso tiene particularidades (conjuntos de elementos, bienes de segunda mano, vehículos) o compras varios elementos a la vez, confírmalo con tu gestor.

Cuánto se amortiza al año: la tabla simplificada

Equipos informáticos y software

26 % anual (máximo 10 años). Portátiles, ordenadores, monitores, móviles de trabajo y licencias.

Mobiliario, enseres e instalaciones

10 % anual (máximo 20 años). Mesa, silla, estanterías y el resto del inmovilizado material.

Maquinaria (incluye cámaras y equipos de producción)

12 % anual (máximo 18 años).

Elementos de transporte

16 % anual (máximo 14 años), sujeto a las reglas especiales de deducibilidad de vehículos.

Útiles y herramientas

30 % anual (máximo 8 años).

Son los coeficientes máximos de la tabla de amortización simplificada (Orden de 27 de marzo de 1998), la que usa la estimación directa simplificada. Puedes amortizar menos que el máximo, no más (salvo amortización acelerada de empresas de reducida dimensión).

Cómo se calcula, paso a paso

Ejemplo: un portátil de 2.980,17 € sin IVA (3.606 € con IVA al 21 %), comprado el 14 de octubre de 2026, uso 100 % profesional. Cuota anual: 2.980,17 × 26 % = 774,84 €. En 2026 solo cuentan 79 días de 365: 167,71 €. Después 774,84 € en 2027, 2028 y 2029, y 487,94 € en 2030, hasta sumar exactamente 2.980,17 €.

  • Base amortizable = precio sin IVA − valor residual, multiplicado por el porcentaje afecto a la actividad (100 % si lo usas solo para trabajar).
  • Cuota anual = base amortizable × coeficiente (p. ej. 26 %).
  • El primer año se prorratea por los días desde que el bien está en funcionamiento hasta el 31 de diciembre.
  • Los años siguientes, la cuota completa; el último año, lo que quede hasta agotar la base (nunca más).

El IVA no se amortiza

La amortización se calcula sobre la base, sin IVA. El IVA soportado de la compra se recupera aparte: se deduce en el Modelo 303 del trimestre en que recibes la factura, siempre que la factura sea completa y a tu nombre y NIF y el bien esté afecto a la actividad.

Si el valor de adquisición es de 3.005,06 € o más (sin IVA), es además un bien de inversión a efectos de IVA (art. 108 LIVA): va en las casillas específicas del 303 y su IVA puede regularizarse durante cinco años si cambia el uso o la prorrata. Por debajo de ese importe es un bien corriente.

Uso mixto: qué parte se deduce

Solo se amortiza la parte afecta a la actividad. Para bienes indivisibles como un ordenador, un móvil o una cámara, Hacienda exige afectación exclusiva: o lo usas solo para trabajar (100 %) o la deducción no se sostiene, y un 50 % no suele aguantar una comprobación. Para el mobiliario o la vivienda, el reparto se hace por la parte realmente afecta.

Los vehículos tienen reglas propias: en general se presume uso mixto, el IVA se limita al 50 % y el IRPF solo admite la deducción en casos tasados (transportistas, comerciales, autoescuelas…).

Errores que cuestan dinero

  • Anotar el ordenador o el monitor como gasto del mes: deduces de golpe lo que debías repartir en años.
  • Amortizar sobre el precio con IVA incluido: la base es sin IVA.
  • Olvidar el IVA al pasar la compra a activo: el IVA se sigue deduciendo en el 303 aunque el IRPF vaya por amortización.
  • Deducir el 100 % como gasto y, además, amortizar: es duplicar la deducción.
  • Aplicar un coeficiente por encima del máximo de la tabla sin tener derecho a la amortización acelerada.
  • No poner fecha de puesta en funcionamiento: la amortización empieza cuando el bien está listo para usarse, no cuando lo pagas.

Qué pasa si vendes o das de baja el activo

Si vendes un activo o lo das de baja, deja de amortizarse y la diferencia entre el valor de venta y su valor neto contable (precio menos lo ya amortizado) se computa como ganancia o pérdida patrimonial. Si lo tiras por inservible, la parte pendiente puede ser una pérdida; conserva siempre el justificante.

Cómo lo resuelve Autónomo Simple

  • En Activos → Nuevo activo eliges el tipo y la app aplica el coeficiente de la tabla, prorratea el primer año y te enseña el calendario completo.
  • El coste se introduce sin IVA; el IVA queda a tu 303 a través del gasto.
  • Si registras en Gastos un equipo de más de 300 € sin IVA, te avisa con «¿Esto es un activo?» y lo convierte en un clic: el gasto deja de deducirse en el IRPF (queda solo para el IVA) y el activo se amortiza.
  • Las cuotas anuales se suman solas al Modelo 130 y a la Renta.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir de golpe un portátil de 1.200 €?
Con carácter general no: supera los 300 € por elemento, así que es un activo y se amortiza (un 26 % anual en la tabla simplificada). Lo que sí se deduce de golpe es el IVA, en el 303, si cumples los requisitos de la factura.
¿Y si compro tres teclados de 200 €?
Cada elemento es de 200 €, por debajo del umbral: puedes deducirlos como gasto en el ejercicio. El umbral es por elemento, con el límite conjunto anual de 25.000 €.
¿Se amortiza el IVA?
No. Se amortiza solo la base (precio sin IVA). El IVA soportado se deduce en el Modelo 303 del trimestre de la compra.
¿Cuándo empiezo a amortizar?
Desde que el bien está en condiciones de funcionamiento, no desde que lo pagas. El primer año se prorratea por los días que quedan hasta el 31 de diciembre.
Ya lo anoté como gasto, ¿qué hago?
Corrígelo cuanto antes: pásalo a activo y deja el IVA donde está. Si el trimestre ya está presentado, habla con tu gestor sobre cómo regularizarlo. En Autónomo Simple, el aviso «¿Esto es un activo?» lo convierte en un clic.
¿Puedo amortizar más rápido?
Solo en casos concretos (p. ej. amortización acelerada de empresas de reducida dimensión) y con límites. La app propone el coeficiente máximo normal de la tabla; consulta con tu gestor antes de subirlo.

Fuentes

Contenido informativo, no asesoramiento fiscal personalizado. Los importes y coeficientes se revisan por normativa: comprueba el dato vigente o consulta a tu gestor antes de aplicarlos.

Convierte cada compra en lo que es: gasto o activo

En Autónomo Simple registras el activo, la app calcula la amortización con la tabla de la AEAT, prorratea el primer año y lleva las cuotas a tu Modelo 130 y a la Renta. Y si algo que anotaste como gasto es en realidad un activo, te avisa.

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