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Verifactu y factura electrónica: Hacienda alinea los calendarios y prevé dar a los autónomos hasta octubre de 2028

Esta semana han coincidido dos novedades que conviene no mezclar. El BOE ha publicado la orden que pone en marcha la factura electrónica entre empresas y profesionales, y con ella empiezan a correr los plazos: si eres autónomo, tienes hasta el 6 de octubre de 2028. Y Hacienda ha comunicado que prevé alinear Verifactu con ese mismo calendario. Eso último todavía no es ley: hasta que se apruebe la norma, la fecha de Verifactu para autónomos sigue siendo el 1 de julio de 2027.

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Lo esencial en 30 segundos

Cada punto lleva su etiqueta: ley o previsión.

  • LeyFactura electrónica entre empresas: los plazos corren desde el 6 oct 2026. Autónomos y resto, hasta el 6 de octubre de 2028; quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior, hasta el 6 de octubre de 2027.
  • LeyVerifactu: la fecha que manda hoy para autónomos es el 1 de julio de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre). Hasta entonces hay un periodo de pruebas.
  • PrevisiónHacienda prevé alinear Verifactu con la factura electrónica: octubre de 2028. Lo comunicó el 5 de octubre de 2026 y falta la norma que lo apruebe.
  • OjoSon dos cosas distintas: Verifactu va del programa con el que facturas; la factura electrónica, del formato y el circuito de la factura entre empresas.

Qué haces con esto: planifica con la fecha del BOE y toma la previsión como un posible margen, no como un hecho. Al final tienes un plan de cinco gestos para esta semana.

Factura y portátil sobre una mesa — Verifactu y factura electrónica con nuevo calendario

Dos novedades en un día, y no pesan lo mismo

Ley

La que ya es ley

El BOE del 5 de octubre de 2026 publicó la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Tributaria. Desarrolla el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, el que hizo obligatoria la factura electrónica entre empresarios y profesionales. La orden entró en vigor al día siguiente, el 6 oct 2026, y con ella empiezan a contar los plazos que tenías pendientes de fecha.

Previsión

La que todavía es una previsión

La sede de la AEAT enlaza una comunicación del Ministerio de Hacienda fechada el 5 de octubre de 2026, titulada «Previsión de ampliación del plazo de adaptación de los SIF». Los SIF son los sistemas informáticos de facturación: los programas con los que facturas. Según ha publicado la prensa económica, Hacienda prevé alinear Verifactu con la factura electrónica y dejar las obligaciones que aún están pendientes para octubre de 2028. Las asociaciones de autónomos llevaban semanas pidiéndolo. Nosotros te contamos lo que se sabe; el documento original está enlazado en Fuentes.

Ley y previsión, cara a cara

Si solo te quedas con una imagen de este artículo, que sea esta: la columna de la izquierda te obliga; la de la derecha te da esperanza, pero no te ampara.

Lo que dice la ley hoy

  • Verifactu, autónomos: desde el 1 de julio de 2027.
  • Factura electrónica B2B, autónomos: 6 de octubre de 2028.
  • Hasta la fecha de Verifactu, periodo de pruebas.

Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre · Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo · Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre

Lo que prevé Hacienda

  • Verifactu, autónomos: octubre de 2028, junto a la factura electrónica.
  • Pendiente de aprobarse: sin norma, ninguna fecha cambia.
  • Comunicado el 5 de octubre de 2026.

Comunicación del Ministerio de Hacienda

El calendario completo, de un vistazo

Dos carriles: arriba, Verifactu; abajo, la factura electrónica. La línea continua es ley y la discontinua es previsión. Fíjate en que en octubre de 2028 las dos terminan casi a la vez: eso es lo que significa «alinear».

Cronología en vertical: factura electrónica y Verifactu. Etiqueta Ley: fecha fijada por norma. Etiqueta Previsión: anunciada por Hacienda, pendiente de norma.VerifactuFactura electrónica6 oct 2026Factura electrónica: arrancan los plazosLEY1 jul 2027Verifactu: autónomosLEY6 oct 2027Factura electrónica: más de 8 M€LEYoct 2028Verifactu: autónomosPREVISIÓN6 oct 2028Factura electrónica: autónomosLEY
Fuentes: BOE, sede de la AEAT y comunicación de Hacienda del 5 de octubre de 2026. Contrastado el 6 de octubre de 2026.

Las cuatro fechas que importan

Si prefieres tenerlo en el calendario del móvil, aquí van. Borde continuo: ley. Borde discontinuo: previsión.

  • 20271julVerifactuautónomosLey
  • 20276octFactura electrónicamás de 8 M€ facturadosLey
  • 2028octmes previstoVerifactuautónomosPrevisión
  • 20286octFactura electrónicaautónomos y restoLey

La factura electrónica ya tiene reloj

Una factura electrónica no es un PDF por email. Es un fichero estructurado, con los datos en un formato que un programa puede leer sin que nadie los teclee, y que viaja de un programa a otro. Lo que cambia con la orden es que ya sabes desde cuándo cuenta tu plazo y con qué herramienta pública puedes cumplir sin pagar.

Qué regula la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre:

  • Un formulario web gratuito para generar facturas electrónicas una a una, pensado para pymes y autónomos.
  • Servicios de conexión para que otros programas hablen con la solución pública.
  • La remisión de una copia fiel en formato UBL (basado en el modelo europeo EN 16931) a la AEAT, a la vez que emites, si usas otra plataforma.
  • La comunicación de los estados de la factura, como el pago o el rechazo, y un servicio para recuperar facturas.
  • El acceso con certificado electrónico o Cl@ve, y la representación de terceros.

Cómo circula una factura electrónica

Esquema: el emisor genera la factura electrónica con una plataforma privada, que envía una copia fiel en UBL a la AEAT, o con la solución pública gratuita de la AEAT, donde la factura ya queda a disposición de la Administración. En ambos casos llega al cliente receptor.SI USAS UN PROGRAMA O PLATAFORMA PRIVADATúemisorTu plataformao programaTu clientereceptorCopia fiel en UBLa la AEAT, simultáneaSI USAS LA SOLUCIÓN PÚBLICA GRATUITATúemisorSolución públicagratuita de la AEATTu clientereceptorFormulario web: una factura cada vez.Ya queda a disposición de la AEAT: sin copia aparte.
Esquema simplificado. Los detalles técnicos de cada paso están en el texto de la orden y sus anexos.

Y si facturaste más de 8 millones de euros el año anterior, tu plazo es antes (6 de octubre de 2027) y, durante 12 meses, tendrás que acompañar un PDF legible, salvo que tu cliente acepte el formato original. No es tu caso si eres un autónomo normal, pero explica por qué en la prensa verás dos fechas.

Verifactu y factura electrónica: no los mezcles

Que Hacienda los alinee en el calendario no los convierte en lo mismo. Los dos te piden cosas distintas, y puedes cumplir uno sin el otro.

Comparativa entre Verifactu y la factura electrónica B2B
VerifactuFactura electrónica B2B
Qué regulaEl programa con el que facturas: registros de facturación inalterables y un QR en cada factura.El formato de la factura (un fichero estructurado) y el circuito por el que viaja entre empresas.
A quién alcanzaA quien factura con un sistema informático. No se aplica con domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra ni con el IVA por el SII.A las facturas entre empresarios y profesionales. No a las de particulares.
Qué notas túEl QR en tus facturas. Enviar los registros a la AEAT (VERI*FACTU) es voluntario.Facturar en formato estructurado, con tu programa o con la herramienta gratuita de la AEAT.
Fecha para autónomos1 de julio de 2027 (ley). Previsión: octubre de 2028.6 de octubre de 2028 (ley).

Lo que no cambia con la noticia

  • El código QR es obligatorio en toda factura emitida con un sistema de facturación, también si no se envía nada a la AEAT.
  • La AEAT no certifica ni homologa programas de facturación: cada fabricante emite una declaración responsable de que su sistema cumple (art. 13 del Real Decreto 1007/2023).
  • Lo obligatorio es usar un sistema de facturación que cumpla el reglamento; VERI*FACTU (enviar cada registro a la AEAT) es una de las dos modalidades admitidas, no una obligación en sí.

Dos autónomos, dos calendarios

Dos ejemplos inventados, pero muy comunes, para que veas cómo cae esto en la vida real.

Marta, diseñadora freelance

Factura sobre todo a empresas.

  • Verifactu: su programa debe cumplir desde el 1 de julio de 2027, si nada cambia.
  • Factura electrónica: casi todas sus facturas son B2B, así que le afecta de lleno. Su plazo: 6 de octubre de 2028.

Su agenda: dos fechas. La primera es la que manda hoy.

Paco, fontanero

Factura sobre todo a particulares.

  • Verifactu: le afecta igual, también en sus facturas simplificadas (los tickets), que llevarán QR.
  • Factura electrónica: solo cuando facture a una empresa o a un profesional, por ejemplo a un constructor. Con sus clientes particulares, la orden no cambia nada.

Para él, lo que más pesa es Verifactu.

Qué hacer esta semana

Nada drástico ni caro. Cinco gestos para quedarte tranquilo, ocurra lo que ocurra con la previsión.

  1. Apunta la fecha que manda: 1 de julio de 2027

    Trabaja con ella hasta que el BOE diga otra cosa. Si llega el margen, mejor; si no llega, no te pilla.

  2. Pregunta a tu programa de facturación

    Dos preguntas: cuándo adaptará su sistema (registros y QR) y qué plan tiene para la factura electrónica. Desconfía de quien diga «certificado por Hacienda»: la AEAT no certifica ni homologa programas.

  3. Cuenta cuántos clientes son empresas o profesionales

    La factura electrónica solo afecta a esas facturas (B2B). Si casi todo es para particulares, tu 6 de octubre de 2028 pesa mucho menos. Verifactu, en cambio, te afecta igual.

  4. Si facturas con Word o Excel, empieza a moverte con calma

    Un documento suelto no genera por sí solo los registros inalterables ni el QR. Cambiar con margen sale mejor y más barato que cambiar con prisa.

  5. Comprueba si el Reglamento te alcanza

    No se aplica con domicilio fiscal en el País Vasco o Navarra ni a quien lleva el IVA por el SII. Si es tu caso, confírmalo con tu asesor.

Autónomo Simple y Verifactu

Mientras Hacienda se aclara, ten tus facturas en orden

Tenemos previsto activar Verifactu en Autónomo Simple antes de la fecha que acabe rigiendo. Tu forma de facturar no cambia. El envío a la AEAT es voluntario y te guiamos para autorizarlo una sola vez. Hoy no emitimos factura electrónica estructurada: seguimos de cerca cómo se concreta la solución pública.

Mientras tanto, lleva en un solo sitio tus facturas, tus gastos y tus clientes, y mira tus estimaciones de los modelos 130 y 303.

Prueba gratis 14 días

Sin tarjeta. Sin permanencia.

La AEAT no certifica ni homologa programas de facturación: cada fabricante emite una declaración responsable de que su sistema cumple (art. 13 del Real Decreto 1007/2023).

Preguntas frecuentes

¿Se ha aplazado ya Verifactu?

Todavía no. El 5 de octubre de 2026 Hacienda comunicó que prevé ampliar el plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación y alinearlo con la factura electrónica (octubre de 2028), pero hace falta una norma que lo apruebe. Hasta que se publique, la fecha vigente para los autónomos es el 1 de julio de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre).

¿Qué fecha de Verifactu manda hoy?

Las del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre: 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos. La nota informativa de la AEAT, actualizada el 6 de octubre de 2026, sigue citándolas. Antes de esas fechas hay un periodo de pruebas.

¿Tengo que emitir factura electrónica ya?

No. La obligación de facturar en formato electrónico estructurado entre empresarios y profesionales (Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo) tiene plazos que arrancaron el 6 oct 2026, con la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre: 6 de octubre de 2027 para quien facturó más de 8 millones de euros el año anterior y 6 de octubre de 2028 para el resto, autónomos incluidos. Solo afecta a las facturas entre empresarios y profesionales (B2B).

¿Es lo mismo Verifactu que la factura electrónica?

No. Verifactu afecta al programa con el que facturas: registros de facturación y QR en cada factura. La factura electrónica afecta al formato de la factura entre empresas (un fichero estructurado) y al circuito por el que viaja. Lo obligatorio es usar un sistema de facturación que cumpla el reglamento; VERI*FACTU (enviar cada registro a la AEAT) es una de las dos modalidades admitidas, no una obligación en sí.

¿Qué es la solución pública gratuita de facturación electrónica?

Es la herramienta de la Agencia Tributaria que regula la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre. Incluye un formulario web para generar facturas electrónicas una a una, servicios de conexión para otros programas, la recepción de una copia fiel en formato UBL cuando emites con otra plataforma, la comunicación de los estados de la factura y un servicio de recuperación de facturas. Se accede con certificado electrónico o Cl@ve. La orden exige que esté disponible en la sede al menos dos meses antes de su primera aplicación efectiva.

¿Qué hago mientras tanto?

Trabaja con la fecha que es ley: 1 de julio de 2027 para Verifactu. Pregunta a tu proveedor cuándo adapta su programa y qué plan tiene para la factura electrónica, cuenta cuántos de tus clientes son empresas o profesionales y, si facturas con Word o Excel, empieza a moverte con calma. Si la previsión se confirma, tendrás margen; si no, no te pillará.

Fuentes

Contrastadas el .

Información orientativa. Ante cualquier duda, consulta con un gestor. La previsión de octubre de 2028 es una comunicación de Hacienda pendiente de norma: puede cambiar.