Factura electrónica obligatoria entre empresas: ya hay reglamento, pero no cunde el pánico.
El 31 de marzo de 2026 se publicó en el BOE el Real Decreto 238/2026, que por fin desarrolla la factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos prevista en la Ley Crea y Crece. Es una noticia importante, pero no una urgencia: el reloj de los plazos no empieza a correr hasta que Hacienda publique una orden técnica, y para la mayoría de autónomos la obligación no llegará hasta 2028. Aquí tienes el calendario real, en qué se diferencia de Verifactu (que se confunden constantemente) y qué conviene hacer ya.
- • El RD 238/2026 (BOE, 31 mar 2026) desarrolla la factura electrónica obligatoria B2B de la Ley Crea y Crece.
- • El plazo cuenta desde una orden técnica de Hacienda (pendiente): +12 meses para empresas >8 M € y +24 meses para el resto (pymes y autónomos).
- • No es lo mismo que Verifactu: aquella es el registro antifraude; esta es el formato obligatorio entre empresas para frenar la morosidad.
- • Solo aplica a facturas B2B (entre empresas y profesionales de España). A particulares, no.
La noticia: ya hay reglamento
La Ley 18/2022, «de creación y crecimiento de empresas» (Crea y Crece), estableció en 2022 que las facturas entre empresas y profesionales tendrían que ser electrónicas. Faltaba el reglamento que lo concretara, y ha tardado casi cuatro años. Ese reglamento es el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026. Con él, el sistema deja de ser una promesa: hay formato, hay plataforma pública y hay un calendario. Pero ese calendario tiene una trampa que conviene entender bien.
Cuándo te toca (el reloj aún no ha empezado)
El detalle clave está en la disposición final del reglamento: la aplicación efectiva queda diferida hasta que la persona titular del Ministerio de Hacienda publique una orden con las especificaciones técnicas de la solución pública de facturación. A partir de esa orden empiezan a contar los plazos:
- • 12 meses después de la orden técnica → empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros.
- • 24 meses después → el resto de empresas, pymes y autónomos (facturación de 8 M € o menos).
- • Además, los autónomos y demás obligados a IRPF tienen un periodo voluntario inicial antes de que la comunicación de estados sea obligatoria.
Traducido: como la orden técnica todavía no se ha publicado, ningún autónomo está obligado a día de hoy. Cuando salga, tendrás dos años por delante. Las estimaciones que circulan (finales de 2027 para las grandes empresas y 2028 para el resto) dependen de esa fecha, así que tómalas como orientativas.
No la confundas con Verifactu
Es el malentendido más común. Son dos cosas distintas, con normas distintas y calendarios distintos, y un mismo autónomo puede acabar teniendo que cumplir las dos. Verifactu tiene que ver con cómo se registra cada factura para que Hacienda no pueda ser engañada; la factura electrónica B2B tiene que ver con en qué formato se intercambian las facturas entre empresas para que los pagos sean más rápidos y trazables.
¿Quieres el detalle de Verifactu? Lo explicamos aparte en nuestra guía de Verifactu para autónomos. Leer la guía de Verifactu →
Qué deberías hacer ahora
La mejor estrategia es no improvisar el último día, pero tampoco cambiar nada con prisas. Tres gestos te dejan preparado sin esfuerzo:
En resumen: factura con una herramienta moderna que ya emita factura electrónica estructurada, mantén correctos los NIF de tus clientes y acostúmbrate a registrar cuándo cobras cada factura (el famoso «estado»). Si tu software ya lleva tu facturación al día, cumplir será activar una opción, no rehacer tu forma de trabajar.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica para autónomos?+
El Real Decreto 238/2026 fija el calendario, pero el contador no arranca hasta que Hacienda publique una orden ministerial con las especificaciones técnicas de la plataforma pública. Desde esa orden: 12 meses para empresas con más de 8 millones de euros de facturación y 24 meses para el resto de empresas, pymes y autónomos. En la práctica, la mayoría de autónomos no estarán obligados hasta 2028.
¿Es lo mismo que Verifactu?+
No. Son dos obligaciones distintas que pueden convivir. Verifactu (RD 1007/2023) es un sistema antifraude de la AEAT: garantiza que cada factura que emites queda registrada de forma inalterable, con huella encadenada y, si te acoges, un QR. La factura electrónica B2B (RD 238/2026, Ley Crea y Crece) obliga a que las facturas ENTRE empresas y profesionales de España se emitan en un formato electrónico estructurado, para combatir la morosidad y agilizar los pagos. Un autónomo puede tener que cumplir las dos.
¿Tengo que emitir factura electrónica a mis clientes particulares?+
No. La obligación de la Ley Crea y Crece es solo para operaciones B2B: entre empresarios y profesionales establecidos en España. Las facturas a consumidores finales (B2C) y las operaciones con el extranjero quedan fuera de esta norma.
¿Qué es el «estado de la factura» que hay que comunicar?+
El reglamento obliga a informar del estado de cada factura electrónica: la aceptación o el rechazo comercial y, sobre todo, el pago efectivo completo. Ese aviso debe hacerse en un plazo máximo de cuatro días hábiles. Es la pieza pensada para reducir la morosidad, porque deja rastro de cuándo se paga de verdad.
¿Qué pasa si no la emito cuando sea obligatoria?+
La Ley 18/2022 (Crea y Crece) prevé sanciones de hasta 10.000 euros por incumplir la obligación de factura electrónica entre empresas. Aun así, hasta que llegue tu fecha no hay ninguna infracción: lo sensato es prepararte con tiempo, no correr.
¿Qué tengo que hacer ahora mismo?+
Nada urgente. Asegúrate de facturar con un software que ya emita factura electrónica estructurada (o esté comprometido a hacerlo), mantén los NIF de tus clientes correctos y acostúmbrate a registrar cuándo cobras cada factura. Si tu herramienta ya lleva tu facturación al día, el «día 1» será solo activar una opción.
Fuentes oficiales
- BOE · Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo (factura electrónica obligatoria)
- BOE · Ley 18/2022 (Crea y Crece) — art. 12, factura electrónica entre empresas
- BOE · Real Decreto 1007/2023 (sistemas de facturación · Verifactu)
Esta guía es orientativa y se actualiza con cada novedad. Las fechas exactas dependen de la orden técnica de Hacienda, aún pendiente: confirma siempre tu caso con la información oficial del BOE y de la AEAT.
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