Cuota de autónomos por ingresos reales: tramos, regularización y tarifa plana
Desde 2023 la cuota que pagas a la Seguridad Social depende de lo que ganas, no de una base que eliges a tu antojo. En 2026 va de 205,88 € a 1.606,88 € al mes. Aquí tienes los 15 tramos, cómo se calcula tu rendimiento neto, cuándo cambiar de base y cómo funciona la regularización anual y la tarifa plana.
Qué cambió desde 2023
Hasta 2022, cada autónomo elegía su base de cotización entre un mínimo y un máximo, sin relación con lo que ganaba. El preámbulo del Real Decreto-ley 13/2022 recoge el resultado: alrededor de un 80 % de los autónomos cotizaba por la base mínima, ganase lo que ganase.
Desde el 1 de enero de 2023 se cotiza según los rendimientos reales, con 15 tramos progresivos. Eliges una base provisional según lo que prevés ganar y, al acabar el año, la Seguridad Social la compara con lo que ganaste de verdad. Quien gana menos paga menos; quien gana más, más.
Elegías tu base libremente
Con cualquier nivel de ingresos, la base podía ser la misma: muchos escogían la mínima.
Misma cuota, ganes lo que ganes
Cuota según tus ingresos reales
Tu base debe moverse dentro del tramo que corresponde a tus rendimientos netos.
Más rendimientos, más cuota
Esquema ilustrativo: las barras no representan importes reales.
Cómo se calcula tu rendimiento neto
El tramo no depende de lo que facturas, sino de tu rendimiento neto: tus ingresos menos los gastos deducibles de la actividad, como en el IRPF. A ese resultado la Seguridad Social le suma las cuotas de autónomo que has deducido y le resta una deducción del 7 % por gastos genéricos (3 % para autónomos societarios). El total anual, dividido entre 12, es el promedio mensual que decide tu tramo (art. 308.1.c LGSS).
Ejemplo orientativo
- Ingresos facturados en el año30.000 €
- menos Gastos deducibles de la actividad6.000 €
- igual a Rendimiento antes de la deducción24.000 €
- menos Deducción por gastos genéricos (7 %)1.680 €
- igual a Rendimiento neto computable del año22.320 €
- entre 12 meses12
- igual a Promedio mensual de rendimientos netos1.860 €
Resultado: tramo 8 de 15
Rendimientos > 1.850 y ≤ 2.030 €/mes. Base entre 1.209,15 € y 2.030,00 €, cuota entre 380,88 € y 639,45 € al mes.
Los 6.000 € de gastos no incluyen tu cuota de autónomo: en estimación directa la Seguridad Social la suma de vuelta al rendimiento. Cifras de ejemplo.
Los 15 tramos de 2026: bases y cuotas
Cada tramo fija una base mínima y una base máxima mensuales, y tú eliges la tuya entre las dos. La cuota es esa base por el tipo total de 2026, el 31,5 %: 28,30 % de contingencias comunes, 1,30 % de profesionales, 0,90 % de cese de actividad, 0,10 % de formación profesional y 0,90 % del MEI. La base máxima general es de 5.101,20 €.
Ejemplo calculado con el motor de la calculadora: con 30.000 € de ingresos y 6.000 € de gastos, tu rendimiento neto es de 1.860 € al mes, caes en el tramo 8 (> 1.850 y ≤ 2.030 €) y tu cuota va de 380,88 € a 639,45 € según la base que elijas.
La tabla completa
La tabla reducida (tramos 1 a 3) y la general (tramos 4 a 15), con los rendimientos netos mensuales de cada tramo, su base mínima y máxima y la cuota correspondiente.
| Tramo | Rendimientos netos (€/mes) | Cuota al mes | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Tabla reducidaTramos 1 a 3: rendimientos por debajo de 1.166,70 €/mes | |||||
| 1 | ≤ 670 | 205,88 – 226,47 | |||
| 2 | > 670 y ≤ 900 | 226,47 – 283,50 | |||
| 3 | > 900 y < 1.166,70 | 267,66 – 367,52 | |||
| Tabla generalTramos 4 a 15 | |||||
| 4 | ≥ 1.166,70 y ≤ 1.300 | 299,56 – 409,50 | |||
| 5 | > 1.300 y ≤ 1.500 | 302,65 – 472,50 | |||
| 6 | > 1.500 y ≤ 1.700 | 302,65 – 535,50 | |||
| 7 | > 1.700 y ≤ 1.850 | 360,28 – 582,75 | |||
| 8 | > 1.850 y ≤ 2.030 | 380,88 – 639,45 | |||
| 9 | > 2.030 y ≤ 2.330 | 401,47 – 733,95 | |||
| 10 | > 2.330 y ≤ 2.760 | 427,22 – 869,40 | |||
| 11 | > 2.760 y ≤ 3.190 | 452,94 – 1.004,85 | |||
| 12 | > 3.190 y ≤ 3.620 | 478,68 – 1.140,30 | |||
| 13 | > 3.620 y ≤ 4.050 | 504,41 – 1.275,75 | |||
| 14 | > 4.050 y ≤ 6.000 | 545,59 – 1.606,88 | |||
| 15 | > 6.000 | 607,35 – 1.606,88 | |||
Tres perfiles, tres tramos
Para ver cómo cambia la cuota con el rendimiento, tres autónomos de año completo y estimación directa normal. A queda en la tabla reducida; B y C, en la general.
Cambiar de base durante el año
Si tus ingresos se desvían de lo previsto, puedes cambiar la base hasta seis veces al año, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo de la tabla. La solicitud se hace ante la Tesorería General de la Seguridad Social y en ella declaras el promedio mensual de rendimientos netos que prevés obtener (art. 45 del Reglamento general de cotización).
| Si lo pides entre… | …vale desde el |
|---|---|
| 1 de enero – fin de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo – 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo – 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio – 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre – 31 de octubre | 1 de noviembreAhora |
| 1 de noviembre – 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
La regularización anual
Lo que pagas durante el año es provisional. Cuando el ejercicio se cierra, la Agencia Tributaria comunica a la Seguridad Social los rendimientos que declaraste y la Tesorería regulariza tu cotización (art. 308.1.c LGSS).
Novedad del Real Decreto-ley 31/2026 (BOE del 21 de octubre de 2026), con efectos desde el 1 de enero de 2027: los meses en que cobres incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo o la lactancia natural, nacimiento y cuidado de menor, ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave, o cese de actividad (o la prestación para la sostenibilidad de la actividad) y debas seguir de alta, quedan fuera de la regularización: la base de cotización aplicada esa mensualidad pasa a ser definitiva (art. 309.1 LGSS).
Eliges una base
Según el promedio de rendimientos netos que prevés, dentro de las tablas. Es provisional.
Cotizas cada mes
Pagas la cuota de esa base durante todo el año. Puedes cambiarla hasta 6 veces.
La AEAT comunica tus rendimientos
Cuando se conocen los datos reales del año (tu Renta), pasan a la Seguridad Social.
La Tesorería regulariza
Compara lo que cotizaste con el tramo que de verdad te correspondía.
Resultado de la regularización
Dentro de tu tramo
Si tu base cae entre la mínima y la máxima del tramo que te corresponde, no hay ajuste.
Cotizaste de menos
Estás por debajo de la base mínima de tu tramo: ingresas la diferencia.
Cotizaste de más
Estás por encima de la base máxima de tu tramo: la Tesorería te devuelve la diferencia de oficio.
Tarifa plana para nuevos autónomos
Si te das de alta por primera vez, o no has estado de alta en el RETA en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaste de esta reducción), puedes pagar una cuota reducida durante los 12 meses naturales completos siguientes al alta, sin importar lo que ganes (art. 38 ter de la Ley 20/2007).
- Importe: 80 € al mes, que fijó el Real Decreto-ley 13/2022 para 2023-2025. Para 2026 esa norma remite a la Ley de Presupuestos y no consta un importe en una norma de 2026; la guía de la Seguridad Social mantiene los 80 € más el MEI (88,64 € en total). Confírmalo al tramitar tu alta.
- Qué no pagas: quedas exceptuado de cotizar por cese de actividad y por formación profesional durante el primer periodo.
- Segundo año: se aplica solo si tus rendimientos netos anuales son inferiores al salario mínimo interprofesional anual: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año en 2026.
- Cómo se pide: no es automática. Se solicita en el momento del alta y, para el segundo periodo, antes de que empiece, con una declaración de que prevés ganar menos que el salario mínimo.
- No se regulariza: durante el primer periodo la cuota reducida no se regulariza con tus rendimientos; en el segundo, solo si en ese año superas el salario mínimo.
- Casos especiales: con una discapacidad igual o superior al 33 %, o si eres víctima de violencia de género o de terrorismo, los periodos son de 24 y 36 meses naturales completos. No se aplica a familiares de autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado (art. 38 ter.11).
Meses 1 a 12
80 € al mes
Cuota reducida, sea cual sea tu rendimiento. Se suma el MEI.
Meses 13 a 24 (opcional)
80 € al mes
Solo si tus rendimientos netos anuales quedan por debajo del salario mínimo anual (17.094 € en 2026).
Después
Cuota por tramo
Pasas a cotizar según tus rendimientos netos reales, con la tabla de 15 tramos.
Qué cambia en 2026
Las tablas de 2026 son prácticamente las de 2025 (Real Decreto-ley 3/2026 y Orden PJC/297/2026). Estas son las diferencias reales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la cuota mínima de autónomos en 2026?
¿Cuándo se regulariza la cuota?
¿Puedo cambiar de tramo durante el año?
¿Qué son los ingresos netos a efectos de la Seguridad Social?
¿La cuota de autónomo es deducible en el IRPF?
¿Qué pasa si estoy empezando? ¿Hay tarifa plana?
¿Qué ha cambiado entre 2025 y 2026?
La cuota de autónomo, calculada con tus números
Autónomo Simple calcula tu rendimiento neto con tus facturas y gastos, te dice en qué tramo estás y qué base te conviene, y lleva la cuota como gasto deducible a tus modelos.
Sin tarjeta para empezar. Después: 8,26 €/mes + IVA (10 € con IVA).
- Facturas y gastos ordenados, con escaneo de tickets por IA
- Modelos 130 y 303 con las casillas calculadas
- Estimación de la Renta del año
- Recordatorios de plazos para que no se te pase ninguno
Fuentes oficiales
- BOEOrden PJC/297/2026, de 30 de marzo — cotización 2026 (arts. 18 y 37)
- BOEReal Decreto-ley 3/2026 — MEI y tope de cotización (art. 3)
- BOEReal Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio — nuevo sistema de cotización
- BOELey General de la Seguridad Social, art. 308 y D.T. 43.ª
- BOEReal Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre — art. 309.1 LGSS (meses con prestación, fuera de la regularización desde 2027)
- BOELey 20/2007, Estatuto del trabajo autónomo, art. 38 ter
- BOEReal Decreto 126/2026 — salario mínimo 2026
Información orientativa, basada en la normativa vigente a la fecha de actualización. Tu caso concreto (pluriactividad, societarios, régimen de estimación, comunidad) puede cambiar el resultado: consúltalo con la Seguridad Social o con tu gestor.