IRPF · Modelo 130Bajos rendimientos

El descuento del M130 que tienes desde el primer día como nuevo autónomo.

Cuando te das de alta como autónomo, tus ingresos del año anterior son cero. Eso te coloca automáticamente en el primer tramo de la minoración por bajos rendimientos del Art. 110.3.c RIRPF: un descuento fijo de 100 € en cada trimestre del Modelo 130. La mayoría de nuevos autónomos no lo aplica porque nadie se lo cuenta.

La idea en una imagen

Año anterior 0 € → tramo máximo.

Año anterior0 €nuevo autónomo
Tramo≤ 9.000el más alto
=
Minoración100 €/trim · hasta 400 €/año

No es una reducción de la base imponible: es un descuento directo sobre lo que ingresas a Hacienda en cada Modelo 130. Se aplica en la casilla 13, sin trámite previo.

Norma
110.3.c
RIRPF
Por trimestre
100 €
tramo máximo
Al año
400 €
4 trimestres
Límite
12.000 €
rdto. año anterior
01

Qué es la minoración por bajos rendimientos

En resumen
  • ClaveArt. 110.3.c RIRPF: minoración fija de 25–100 € por trimestre en el M130 si el rendimiento neto del año anterior fue ≤ 12.000 €.
  • ClaveNuevo autónomo → año anterior = 0 € → siempre tramo máximo → 100 € por trimestre → hasta 400 € al año.
  • ClaveSe aplica en la casilla 13 del Modelo 130 — descuento directo sobre el pago calculado.
  • ClaveSi el descuento supera el pago, el exceso se traslada al trimestre siguiente del mismo año.
  • ClaveCompatible y acumulable con la reducción del 20% por inicio de actividad (Art. 32.3 LIRPF) en la Renta.

El Modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF. Cada trimestre calculas el rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos deducibles desde enero) y pagas el 20 % de esa cantidad, ajustando por los pagos anteriores.

El Art. 110.3.c del Reglamento del IRPF establece una minoración para autónomos con bajos rendimientos: una cantidad fija —25 €, 50 €, 75 € o 100 €— que se descuenta directamente del pago calculado. No es una reducción de la base imponible: es un descuento directo sobre lo que ingresas a Hacienda.

La clave para los nuevos autónomos: como en tu año de inicio no tuviste actividad el año anterior, tus rendimientos previos son 0 €. Esto te sitúa automáticamente en el tramo máximo (≤ 9.000 €) y te da derecho a los 100 € de descuento en cada trimestre.

02

Los 4 tramos

El importe no es proporcional a tus ingresos: es un importe fijo por tramo. Si estás en el tramo más bajo, el descuento es el mayor. Cuanto más ganas (hasta los 12.000 €), menor es la minoración.

MINORACIÓN POR BAJOS RENDIMIENTOS · ART. 110.3.C RIRPFRENDIMIENTO NETO AÑO ANTERIORMINORACIÓN / TRIMESTRE≤ 9.000 €100€/trim.9.001–10.000 €75€/trim.10.001–11.000 €50€/trim.11.001–12.000 €25€/trim.Nuevos autónomos: rendimiento año anterior = 0 € → siempre tramo 1 → 100 € por trimestre (hasta 400 €/año)

Rendimiento neto del ejercicio anterior (suma de todas las actividades económicas). El descuento se aplica de forma independiente en cada uno de los 4 trimestres.

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Cómo funciona en el M130 (casilla 13)

La minoración se aplica en la casilla 13 del M130 y se descuenta directamente de la cuota calculada en la casilla 12 (el 20 % de tu rendimiento neto). El resultado neto es tu pago a Hacienda.

Ejemplo · Q1 nuevo autónomo (rdto. 3.000 €)
Casilla 12 — 20 % × 3.000 €600,00 €
Casilla 13 — minoración (año anterior 0 € → tramo 1)− 100,00 €
Pago del Modelo 130 (Q1)500,00 €
El descuento no puede superar la cuota

La minoración no puede superar el importe de la casilla 12. Si tu cuota trimestral es 60 € y te corresponden 100 €, pagas 0 € ese trimestre. Los 40 € restantes se trasladan a la casilla 13 del siguiente trimestre del mismo año. El exceso no pasa al año siguiente ni a la Renta.

M130 y M131 combinados

Si presentas tanto el M130 (estimación directa) como el M131 (módulos), la minoración total del año no puede superar el límite del tramo que te corresponde. El exceso no utilizado en uno puede trasladarse al otro dentro del mismo ejercicio.

04

Año a año: ¿en qué tramo estoy?

El tramo se recalcula cada año en función del rendimiento neto del ejercicio anterior. A medida que tu negocio crece, puedes cambiar de tramo — o perder el derecho si superas los 12.000 € de rendimiento neto.

2026
Primer año · rendimiento anterior 0 €
Siempre tramo 1 → 100 €/trim. (hasta 400 €/año).
2027
Rendimiento anterior 8.500 €
Sigue en tramo 1 → 100 €/trim. (400 €/año).
2028
Rendimiento anterior 14.000 €
Supera 12.000 € → sin minoración este año.
En la práctica

Si en 2026 ganas 8.000 € netos, en 2027 tienes otro año completo con 100 €/trimestre (400 € de ahorro). Si en 2027 superas los 12.000 €, en 2028 ya no aplica. Lleva la cuenta.

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Cómo aplicarlo al presentar el M130

No hay trámite previo ni solicitud a Hacienda. Lo aplicas directamente en el formulario cuando presentas el M130 en la Sede Electrónica de la AEAT:

1
Calcula el rendimiento neto acumulado del trimestre (ingresos − gastos deducibles desde enero).
2
Aplica el 20% → ese importe va en la casilla 12 del M130.
3
En la casilla 13, introduce la minoración que te corresponde según tus ingresos del año anterior.
4
Si hay exceso de minoración no aplicado de trimestres anteriores del mismo año, súmalo en la misma casilla 13.
5
El resultado (casilla 12 − casilla 13) es tu pago del M130.
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Preguntas frecuentes

¿Qué rendimientos se tienen en cuenta para calcular el tramo?
Los rendimientos netos del año anterior de todas las actividades económicas en estimación directa y módulos, sumadas. Si es tu primer año de actividad, el rendimiento anterior es 0€ y entras automáticamente en el tramo más alto (100€/trimestre).
¿La minoración aplica aunque el M130 sea muy pequeño?
La minoración no puede superar el importe del M130 antes de aplicarla. Si tu pago era 60€ y te corresponden 100€ de minoración, pagas 0€ ese trimestre y los 40€ no aplicados se trasladan a la casilla 13 del trimestre siguiente dentro del mismo año. El exceso no pasa al año siguiente.
¿Puedo combinar esta minoración con la reducción del 20% para nuevos autónomos (Art. 32.3 LIRPF)?
Son conceptos distintos y totalmente compatibles. La minoración del Art. 110.3.c es un descuento fijo en el M130 (casilla 13). La reducción del 20% por inicio de actividad (Art. 32.3 LIRPF) se aplica en la declaración de la Renta anual sobre el rendimiento neto positivo, no en el M130. Puedes beneficiarte de las dos al mismo tiempo.
¿Tengo que pedir autorización a Hacienda o hacer algún trámite previo?
No. La minoración se aplica directamente al presentar el M130 marcando la casilla correspondiente. No hay trámite previo ni declaración adicional. Hacienda verifica la elegibilidad en base a tu declaración de IRPF del año anterior.
¿Qué pasa si el primer año tengo pérdidas?
La minoración no requiere rendimiento neto positivo — se descuenta del pago calculado en el M130. Si un trimestre da 0€ de pago (por pérdidas o deducciones), no hay nada que descontar ese trimestre. Puedes trasladar el exceso al trimestre siguiente del mismo año, pero no al año siguiente.
07

Calcúlalo en la app

AS

Autónomo Simple calcula tu Modelo 130 aplicando la minoración por bajos rendimientos si te corresponde. Introduce tus ingresos y gastos y la app hace el resto — incluido el arrastre del exceso entre trimestres.

Casilla 13

Minoración automática según el tramo.

Arrastre

Exceso al trimestre siguiente.

Calendario

Cada plazo del 130.

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