Qué es la minoración por bajos rendimientos
- ClaveArt. 110.3.c RIRPF: minoración fija de 25–100 € por trimestre en el M130 si el rendimiento neto del año anterior fue ≤ 12.000 €.
- ClaveNuevo autónomo → año anterior = 0 € → siempre tramo máximo → 100 € por trimestre → hasta 400 € al año.
- ClaveSe aplica en la casilla 13 del Modelo 130 — descuento directo sobre el pago calculado.
- ClaveSi el descuento supera el pago, el exceso se traslada al trimestre siguiente del mismo año.
- ClaveCompatible y acumulable con la reducción del 20% por inicio de actividad (Art. 32.3 LIRPF) en la Renta.
El Modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF. Cada trimestre calculas el rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos deducibles desde enero) y pagas el 20 % de esa cantidad, ajustando por los pagos anteriores.
El Art. 110.3.c del Reglamento del IRPF establece una minoración para autónomos con bajos rendimientos: una cantidad fija —25 €, 50 €, 75 € o 100 €— que se descuenta directamente del pago calculado. No es una reducción de la base imponible: es un descuento directo sobre lo que ingresas a Hacienda.
La clave para los nuevos autónomos: como en tu año de inicio no tuviste actividad el año anterior, tus rendimientos previos son 0 €. Esto te sitúa automáticamente en el tramo máximo (≤ 9.000 €) y te da derecho a los 100 € de descuento en cada trimestre.
Los 4 tramos
El importe no es proporcional a tus ingresos: es un importe fijo por tramo. Si estás en el tramo más bajo, el descuento es el mayor. Cuanto más ganas (hasta los 12.000 €), menor es la minoración.
Rendimiento neto del ejercicio anterior (suma de todas las actividades económicas). El descuento se aplica de forma independiente en cada uno de los 4 trimestres.
Cómo funciona en el M130 (casilla 13)
La minoración se aplica en la casilla 13 del M130 y se descuenta directamente de la cuota calculada en la casilla 12 (el 20 % de tu rendimiento neto). El resultado neto es tu pago a Hacienda.
La minoración no puede superar el importe de la casilla 12. Si tu cuota trimestral es 60 € y te corresponden 100 €, pagas 0 € ese trimestre. Los 40 € restantes se trasladan a la casilla 13 del siguiente trimestre del mismo año. El exceso no pasa al año siguiente ni a la Renta.
Si presentas tanto el M130 (estimación directa) como el M131 (módulos), la minoración total del año no puede superar el límite del tramo que te corresponde. El exceso no utilizado en uno puede trasladarse al otro dentro del mismo ejercicio.
Año a año: ¿en qué tramo estoy?
El tramo se recalcula cada año en función del rendimiento neto del ejercicio anterior. A medida que tu negocio crece, puedes cambiar de tramo — o perder el derecho si superas los 12.000 € de rendimiento neto.
Si en 2026 ganas 8.000 € netos, en 2027 tienes otro año completo con 100 €/trimestre (400 € de ahorro). Si en 2027 superas los 12.000 €, en 2028 ya no aplica. Lleva la cuenta.
Cómo aplicarlo al presentar el M130
No hay trámite previo ni solicitud a Hacienda. Lo aplicas directamente en el formulario cuando presentas el M130 en la Sede Electrónica de la AEAT:
Preguntas frecuentes
¿Qué rendimientos se tienen en cuenta para calcular el tramo?
¿La minoración aplica aunque el M130 sea muy pequeño?
¿Puedo combinar esta minoración con la reducción del 20% para nuevos autónomos (Art. 32.3 LIRPF)?
¿Tengo que pedir autorización a Hacienda o hacer algún trámite previo?
¿Qué pasa si el primer año tengo pérdidas?
Calcúlalo en la app
Autónomo Simple calcula tu Modelo 130 aplicando la minoración por bajos rendimientos si te corresponde. Introduce tus ingresos y gastos y la app hace el resto — incluido el arrastre del exceso entre trimestres.
Minoración automática según el tramo.
Exceso al trimestre siguiente.
Cada plazo del 130.